¿Es el Opus Dei una organización abusiva? ¿Es una secta? ¿Impide al Opus Dei ser una secta pertenecer a la Iglesia Católica?

por Antonio Esquivias

En una ponencia del sacerdote Luis Santamaría del Río sobre “Derivas sectarias en la Iglesia” (Barcelona, marzo 2015) desarrolla su tesis fundamental de que en la Iglesia no puede haber sectas porque en tal caso esa secta tendría una autoridad superior, lo que es un obstáculo insuperable para que una organización pueda ser calificada de secta. En efecto las sectas no admiten autoridades superiores a la autoridad de la misma secta.

Sin embargo admitía que en la Iglesia sí que pueden existir derivas sectarias. Esas derivas sectarias afectan a 9 ámbitos a los que yo he añadido el n.10 (transparencia, existencia de secretos)
  1. Concepción del liderazgo y la obediencia
  2. Fidelidad al Magisterio, la Biblia y la Iglesia
  3. Fidelidad a los propios estatutos
  4. Relaciones que se establecen con los ex-miembros
  5. Distinción fuero interno – fuero externo.
  6. Correctos procedimientos disciplinares
  7. Inserción en las estructuras comunes de la Iglesia, parroquias, diócesis, etc.
  8. Relaciones con los menores de edad
  9. Apertura a otras estructuras.
  10. Transparencia de la organización (existencia de secretos)
Estos 10 campos permiten hacer un estudio pormenorizado de cada organización y ver cuántas derivas sectarias posee. En mi opinión es precisamente la aparición de una deriva sectaria lo que debe provocar una intervención de la autoridad de la Iglesia. Si la autoridad de la Iglesia no interviene la deriva sectaria puede degenerar efectivamente en la existencia de una sexta. Si en una organización existen varias derivas sectarias la organización se está convirtiendo en abusiva con grandes problemas para los fieles de la Iglesia católica que se acerquen a ella.

Bueno si se examinan con atención esos 10 campos en relación con el Opus Dei, es decir si se utilizan como indicadores de la existencia de derivas sectarias en la estructura, se puede comprobar que no hay ninguno de ellos que no esté afectado y en el que la praxis del Opus Dei no sea cuanto menos peculiar. 

¡No te quiero ni ver!

Para no alargar excesivamente esta entrada voy a tratar solamente una de esas derivas sectarias, la que me parece más significativa:

Deriva sectaria n.4: 
Relaciones que se establecen con los ex-miembros

Lo primero que se advierte es que en este punto es que el comportamiento del Opus Dei diverge radicalmente del resto de las organizaciones de la Iglesia. Un sacerdote, una monja que deja una orden religiosa encuentra a su salida un lugar donde vivir, un trabajo (muchas veces en el mismo sitio donde trabajaba, por ejemplo un colegio) y también la cotización por los años trabajados dentro de la organización.

En el Opus Dei no hay trato alguno con los que lo han dejado, estos no pueden volver a pisar un centro, ni quienes siguen perteneciendo al Opus mantienen relaciones con ellos. Es decir se corta cualquier relación con ellos. Además no se les ofrece trabajo, ni vivienda, y si ha trabajado en directo para la organización Opus Dei se encuentra con que no hay cotización a la seguridad social y que debe empezar una larga lucha para conseguir su reconocimiento con toda la incertidumbre del resultado porque el Opus va a tratar de cumplir lo menos que pueda. Es decir que salvo el amparo de una fuerte legislación laboral del Estado, lo que no sucede en todos los países, la persona queda totalmente desamparada en cuanto a los seguros de salud y vejez. Varios derechos humanos quedan lesionados: derecho a la vivienda, todos los derechos laborales y singularmente el derecho a una pensión digna y a un seguro de salud durante la vejez

Es un punto de libertad, porque si se trata con dignidad a quienes se van, cambia fuertemente el mismo modo de estar en la organización. Se está de un modo diferente si se es libre para salir que si esa libertad no existe. Y aquí libertad son derechos concretos. Por tanto quien está en una orden religiosa sabe que se puede ir y por tanto vive su pertenencia a la orden de un modo libre. Los miembros del Opus Dei que han trabajado muchos años en la organización se encuentran atrapados, sin libertad, porque no tienen garantizada sus derechos humanos laborales, y resulta muy difícil irse a partir de una cierta edad.

Esos derechos laborales los Estatutos del Opus Dei afirman que siempre deben respetarse, lo mismo sucede en la legislación de la Iglesia, y en todas las declaraciones de Derechos humanos ratificadas o promulgadas por la Santa Sede. Destaca entre estos documentos Pacem in Terris de Juan XIII. Igualmente los protege por ejemplo en España, la Constitución y los tratados internacionales ratificados por el Estado.

Así que tenemos lo suficiente para afirmar que en el n.4 (modo de tratar a los ex-miembros), el Opus tiene una deriva sectaria, y sería exigible que quienes se vayan reciban un trato digno, propio de una persona que ha gastado un buen número de años sirviendo a la Iglesia y haciendo crecer la organización.

Comentarios

  1. La tremenda dificultad que entraña responder a la pregunta: ¿qué es el Opus Dei?, diría que casi es irresoluble a perpetuidad. Desde su larga y onerosa historia de su propia aprobación canónica, hasta su “maduración” teológica post-conciliar, pasando (y no digamos por cierto) influencia histórico-político-social en España. Para volverse “loco”, desde los ángulos y perspectivas en que se pueda llegar a estudiarse analítica-cualitativamente siguiendo un método estrictamente científico. La prueba es, que la literatura contraria al Opus es que he tenido oportunidad de leer es inagotable. Personalmente 5 autores, entre los cuales figura vd. y su libro (edición e-book) “El cielo en una jaula” donde aprovecho para darle la enhorabuena, pues es un libro-denuncia (a modo de dar noticia del suceso) que me gustó muchísimo.
    Créame amigo Esquivias, que iría más lejos que vd. en la apreciación realizada, resaltando el ítem 4, confrontado a la realidad eclesial. Lo que existe en materia de tributación y derechos laborales tanto en OO. RR. como la propia Iglesia diocesana, asustaría por los casos que han llegado a mi conocimiento (y el último en determinada diócesis: de NOVELA NEGRA, sin exagerar ¡vaya!). No en vano, y para distender un poco el asunto, en “El Quijote”, Cervantes nos dice a través de su protagonista: “…¡¡con la Iglesia hemos topado, Sancho!” . No crea que es baladí el que se haya normalizado legalmente por R.D desde el 2009 en TGSS este asunto. Debo parar por aquí, pues la confidencialidad en LOPD la tengo clarísima por la cuenta que me trae. NO hablemos, de la partidas presupuestarias a cargo del Estado en que se beneficia la propia Iglesia (por adelantado anualmente), gracias al 0.7 del IRPF que nos quitan a los españolitos contribuyentes (sí, o si!). Tengo una opinión muy personal que mucha gente puede NO compartir y la RESPETO. Pero eso de hacer “caridad”, con el dinero del otro
    Si estoy de acuerdo en lo de las “derivas comportamentales sectarias” y está en los manuales de muchos especialistas en la materia, que de forma unánime nos hablan de la ausencia de un órgano superior de CONTROL. Añadiendo a su opinión, y modestamente intentando reforzarla, que la CLAVE neurálgica es la LIBERTAD de CONCIENCIA voluntad pertenencia/permanencia a cualquier grupo religioso sea de la índole que sea, y su praxis de interacción utilizada internamente. Saludos y gracias por su participación amigo Esquivias.

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